Las comisiones bancarias apenas representan el 0,6% de los activos totales de la banca en España, según datos de CECA.
En esta vida, casi nada es gratis. Suena muy evidente, pero todos los sectores de la economía, sin excepción, cobran por los servicios prestados. Lo que ocurre es que el nombre que recibe esta remuneración suele diferir según el sector y el tipo de servicio. Basta con repasar algunos de nuestros gastos recurrentes para comprobarlo.
Cuando, por ejemplo, nos suscribimos a una plataforma de televisión online, decimos que abonamos una cuota mensual. Al referirnos al pago que hacemos al ayuntamiento por el servicio de recogida de basuras o el IBI, utilizamos el término tasa. Lo mismo pasa cuando expedimos el DNI o renovamos el carné de conducir. Si, en cambio, contratamos los servicios de un abogado o acudimos a la notaría, pagamos unos honorarios, que son las tarifas establecidas por esos profesionales para llevar a cabo una determinada gestión.
Sucede exactamente lo mismo en la banca. Como cualquier proveedor de servicios, las entidades de crédito cobran un precio por los trabajos que prestan a sus clientes. Lo hacen al administrar una cuenta, emitir una tarjeta de crédito, cambiar divisas, estudiar la viabilidad de un préstamo o realizar una transferencia. En el sector bancario, este pago recibe el nombre de comisión.
Al margen de la terminología, lo importante es entender que una comisión es una cantidad –que puede ser fija, o porcentual, y única o recurrente– que los clientes deben abonar siempre por el servicio requerido. En España, las comisiones bancarias apenas representan el 0,6% de los activos totales de la banca. “Si nos fijamos en las comisiones que cobran nuestras entidades por la retirada de efectivo, las transferencias o el mantenimiento de la cuenta corriente, vemos que están claramente por debajo de la media europea”, afirma el portavoz de CECA, Alberto Aza. Esta asociación bancaria está integrada por nueve entidades financieras (CaixaBank, Kutxabank y Cajasur Banco, Abanca, Unicaja Banco, Ibercaja Banco, Caixa Ontinyent, Colonya Pollença y Cecabank).
El peso que tienen los ingresos por comisiones sobre el total del margen bruto en la banca española alcanza el 26%. Una cifra que está bastante alejada del 41% de Italia y Alemania, del 36% de los bancos de Francia o del 34% del sector bancario de Bélgica y Austria.
Desde CECA insisten en que las comisiones ayudan a mantener y a mejorar los servicios que prestan los bancos. Por ejemplo, el cobro por el mantenimiento de una cuenta ayuda a cubrir los costes de las infraestructuras tecnológicas, el del personal de atención al cliente o a financiar las inversiones necesarias para garantizar la seguridad de la operativa bancaria y la protección de los datos de los usuarios.
Cada entidad puede fijar libremente el importe de la comisión que considere oportuno –excepto aquellas que están claramente limitadas por una norma, como ocurre con la cancelación anticipada de una hipoteca o de un crédito al consumo–, en función de distintas consideraciones que pueden ser de negocio o de estrategia comercial. Uno de los criterios habituales, como ocurre en muchos otros sectores, puede ser el grado de vinculación de la clientela con su entidad financiera.
En nuestro país, por ejemplo, los bancos no cobran comisión de mantenimiento a sus clientes más fieles. Tampoco cobraron las entidades por retirar efectivo a débito en cualquier cajero nacional durante el estado de alarma decretado en España por la pandemia de la Covid-19. No obstante, sí existen diferencias en las comisiones que los bancos estipulan por sus productos. “Sucede porque nuestra banca es de las más competitivas de Europa, y eso garantiza que los usuarios puedan elegir el mejor servicio al mejor precio”, sostiene Alberto Aza.
De hecho, el Banco de España no puede denegar ni limitar el importe de las comisiones bancarias. El regulador sí recuerda que las entidades financieras deben publicar, tanto en sus páginas web como en sus establecimientos comerciales, toda la información relativa a las comisiones que aplican a los servicios que prestan a sus clientes. La institución también insiste en que el banco tiene la obligación de informar al usuario sobre la comisión antes de cobrársela, y que este debe aceptarla expresa o tácitamente. Para evitar sorpresas, lo mejor es informarse bien con su gestor personal antes de adquirir cualquier producto financiero. Y, en cualquier caso, tener presente que las comisiones deben responder siempre a servicios prestados que se hayan solicitado o aceptado.